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¿Quiénes pueden emitir un avalúo?

De conformidad con el artículo 3° del Reglamento del Código Fiscal de la Federación en vigor, las únicas instituciones autorizadas para realizar avalúos son: 

  • Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. 

  • Cualquier institución de crédito autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. 

  • Corredores Públicos debidamente habilitados por la Secretaría de Economía. 

  • Cualquier Unidad de Valuación acreditada.

  • Peritos Valuadores Profesionales.

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