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¿Quiénes pueden emitir un avalúo?
De conformidad con el artículo 3° del Reglamento del Código Fiscal de la Federación en vigor, las únicas instituciones autorizadas para realizar avalúos son:
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Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
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Cualquier institución de crédito autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
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Corredores Públicos debidamente habilitados por la Secretaría de Economía.
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Cualquier Unidad de Valuación acreditada.
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Peritos Valuadores Profesionales.
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